Código Penal estatal

Artículo 383 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca

Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 383. Recursos durante el debate Durante el debate, las partes pueden inconformarse de las resoluciones en revocación.

En el caso de un tribunal con integración plural, la revocación de las decisiones del presidente implica la integración total del tribunal para decidir; contra esa decisión no existe revocación posterior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 383 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca?

Recursos durante el debate Durante el debate, las partes pueden inconformarse de las resoluciones en revocación. En el caso de un tribunal con integración plural, la revocación de las decisiones del presidente implica…

¿Está vigente el artículo 383?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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