Artículo 450 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 450. Solicitud El reconocimiento de inocencia se solicitará por escrito ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado. Deberá contener la concreta referencia de los motivos en que se funda y las disposiciones legales aplicables. Junto con el escrito se ofrecerán las pruebas y se acompañarán las documentales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.