Código Penal estatal

Artículo 87 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca

Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 87. Causas de extinción de la acción penal La acción penal se extinguirá por:

I. La muerte del imputado;

II. El desistimiento de la querella;

III. El pago del máximo previsto para la pena de multa, realizado antes de la audiencia de debate, cuando se trate de delitos sancionados sólo con esa clase de pena, caso en el que el juez o el tribunal harán la fijación correspondiente a petición del interesado;

IV. La aplicación de un criterio de oportunidad, en los casos y las formas previstos en este Código;

V. La prescripción;

VI. El cumplimiento del plazo de suspensión del proceso a prueba, sin que ésta sea revocada;

VII. La amnistía;

VIII. La conciliación;

IX. No cerrar el Ministerio Público la investigación en los plazos que señala este Código;

X. Por las demás en que lo disponga la ley.

No se aplicarán las fracciones V y VII respecto de los delitos que, conforme a los tratados internacionales vigentes en el país, sean imprescriptibles o no puedan ser amnistiados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 87 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 87 de Código Procesal Penal para el Estado de Oaxaca?

Causas de extinción de la acción penal La acción penal se extinguirá por: I. La muerte del imputado; II. El desistimiento de la querella; III. El pago del máximo previsto para la pena de multa, realizado antes de la…

¿Está vigente el artículo 87?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.