Artículo 266 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 266.- La resolución judicial que ordena el cateo deberá contener:
I. El nombre y cargo del Juez que autoriza el cateo y la identificación del proceso en el cual se ordena;
II. La determinación concreta del lugar o los lugares que habrán de ser cateados y lo que se espera encontrar como resultado de éste;
III. (DEROGADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2008)
IV. El motivo del cateo.
La resolución también deberá contener la hora y fecha en que debe realizarse el acto, y en su caso la justificación de la autorización para proceder en horario nocturno. Si el Ministerio Público lo hubiere solicitado, y el Juez lo estima procedente, tomando en cuenta las circunstancias del caso, la orden podrá indicar solamente el horario en que deberá realizarse la diligencia, sin especificar el día, siempre que el acto no se realice mas allá de siete días.
Formalidades para el cateo
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.