Artículo 4 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas
Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4.- En el proceso penal será acusatorio y oral; en él se observarán los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad, inmediación e igualdad en las formas y con las excepciones que la Constitución y las leyes establezcan.
Regla de interpretación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.