Código Penal estatal

Artículo 409 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas

Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 409.- Durante la audiencia de juicio, las partes pueden formular recurso de revocación contra las resoluciones dictadas en él. La revocación implica la protesta de recurrir eventualmente la sentencia, cuando ese recurso le hubiere sido concedido al inconforme.

En el caso de un Tribunal con integración plural, la formulación del recurso de revocación de las decisiones del presidente implica la integración total del Tribunal para decidir y contra esa decisión no existe ulterior recurso de revocación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 409 de Código Procesal Penal para el Estado de Zacatecas?

Durante la audiencia de juicio, las partes pueden formular recurso de revocación contra las resoluciones dictadas en él. La revocación implica la protesta de recurrir eventualmente la sentencia, cuando ese recurso le…

¿Está vigente el artículo 409?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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