Constitución Federal

Artículo 46 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 46. Las entidades federativas pueden arreglar entre sí y en cualquier momento, por convenios amistosos, sus respectivos límites; pero no se llevarán a efecto esos arreglos sin la aprobación de la Cámara de Senadores.

De no existir el convenio a que se refiere el párrafo anterior, y a instancia de alguna de las partes en conflicto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, sustanciará y resolverá con carácter de inatacable, las controversias sobre límites territoriales que se susciten entre las entidades federativas, en los términos de la fracción I del artículo 105 de esta Constitución.

Artículo reformado DOF 17-03-1987, 08-12-2005, 15-10-2012

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las entidades federativas de México tienen la facultad de acordar sus límites territoriales mediante convenios amistosos. Sin embargo, estos acuerdos requieren la aprobación de la Cámara de Senadores para que sean válidos. Esto significa que, aunque las entidades puedan llegar a un acuerdo, no podrán implementarlo sin el visto bueno del Senado.

Si no se logra un convenio y surge un conflicto sobre los límites, cualquiera de las partes involucradas puede solicitar la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Esta corte se encargará de conocer y resolver la controversia de manera definitiva, sin posibilidad de apelación.

  • Las entidades pueden acordar límites por convenios amistosos.
  • Se necesita la aprobación de la Cámara de Senadores.
  • Si no hay acuerdo, la Suprema Corte resuelve el conflicto.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 46 de la Constitución (CPEUM) a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Tesis del SJF que mencionan esta ley

  • INSTRUMENTOS INTERNACIONALES QUE DEFINEN A LA VÍCTIMA DEL DELITO. NO SE VIOLAN POR EL HECHO DE QUE NO SE RECONOZCA DICHA CALIDAD NI LA DE…
    Decima Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗

Estas son coincidencias generales. Para las tesis que realmente interpretan este artículo, con la cita exacta, pregúntale a Ian →

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 46 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

Las entidades federativas de México tienen la facultad de acordar sus límites territoriales mediante convenios amistosos. Sin embargo, estos acuerdos requieren la aprobación de la Cámara de Senadores para que sean válidos. Esto significa que, aunque las entidades puedan llegar a…

¿Está vigente el artículo 46?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.