Artículo 1 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 1o.- Los Ayuntamientos de los Municipios creados serán electos mediante el proceso electoral de 1992 y asumirán sus funciones el primero de enero de 1993.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.