Artículo 4 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 4o.- Los Consejos Municipales serán dotados de presupuesto propio que se determinará por la Gran Comisión del Congreso del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.