Artículo 5 de Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 5o.- Hasta en tanto inicia funciones el Ayuntamiento electo, los servicios públicos estarán a cargo del Ayuntamiento del Municipio de Aguascalientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.