Constitución estatal

Artículo 18 de Constitución Política del Estado de Campeche

Constitución Política del Estado de Campeche · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 18.- Son prerrogativas del ciudadano campechano:

(REFORMADA, P.O. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008)

I.- Votar libremente en las elecciones populares;

(REFORMADA, P.O. 24 DE JUNIO DE 2014)

II.- Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para desempeñar cualquier empleo o comisión, si se tienen las cualidades que la ley establezca. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante el órgano electoral corresponde a los partidos políticos, así como a los ciudadanos que de manera independiente soliciten su registro y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación local en la materia.

La ley de la materia preverá otras formas de participación o asociación de los partidos políticos con el fin de postular candidatos, adicionales a las previstas en la Ley General de Partidos Políticos;

(REFORMADA, P.O. 30 DE NOVIEMBRE DE 1996)

III.- Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del Estado;

IV.- Ejercer en toda clase de negocios, el derecho de petición;

V.- Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa del Estado, de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriban las leyes.

(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 24 DE JUNIO DE 2014)

VI. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señale la Constitución Federal, las leyes generales y la ley local correspondiente;

(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 24 DE JUNIO DE 2014)

VII. Poder participar en la vida democrática del Estado y votar en los procedimientos de referéndum y plebiscito, así como en otros mecanismos de participación ciudadana que establezca la ley local correspondiente.

(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 1965)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 18 de Constitución Política del Estado de Campeche?

Son prerrogativas del ciudadano campechano: (REFORMADA, P.O. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008) I.- Votar libremente en las elecciones populares; (REFORMADA, P.O. 24 DE JUNIO DE 2014) II.- Poder ser votado para todos los cargos…

¿Está vigente el artículo 18?

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