Artículo 86 de Constitución Política del Estado de Chihuahua
Constitución Política del Estado de Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 86. La elección de Gobernador será popular y directa en los términos que disponga esta Constitución, la Federal y la legislación electoral. [Artículo reformado mediante Decreto No. 403-94 publicado en el P.O.E. No. 79 del 1º. de octubre de 1994]
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.