Artículo 17 de Constitución Política del Estado de Sinaloa
Constitución Política del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 17. El Estado de Sinaloa adopta para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, laico y popular, teniendo como base de su división territorial, y de su organización política y administrativa, el Municipio libre.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE JUNIO DE 1983)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.