Artículo 22 de Constitución Política del Estado de Sinaloa
Constitución Política del Estado de Sinaloa · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 22. El Poder Legislativo del Estado de Sinaloa se deposita en una asamblea que se denomina "Congreso del Estado", y se rige bajo los principios de Parlamento Abierto, en los términos de la Ley Orgánica de dicho Congreso. SECCION I DE LA ELECCION E INSTALACION DEL CONGRESO (REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2020)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.