Artículo 96 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 96.- El Secretario General de Gobierno no podrá desempeñar cargo, empleo ni comisión oficiales, remunerados, salvo en el Ramo de Educación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.