Artículo 97 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 97.- El Secretario General de Gobierno solo podrá litigar en negocios propios o de su familia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.