Artículo 99 de Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 99.- La ausencia temporal del Secretario General de Gobierno será cubierta por uno de los Subsecretarios del ramo, con las prerrogativas, obligaciones y responsabilidades que establecen los Artículos 95, 96, 97 y 98 de esta Constitución.
Periódico Oficial del Estado Página 32 de 55 Constitución Política del Estado de Tamaulipas Última reforma POE No. 136 15-11-2011 Decreto XXVII- Legislatura Fecha de expedición 27 de enero de 1921 Fecha de promulgación 5 de febrero de 1921 Fecha de publicación Periódicos Oficiales números 11 y 12 de fechas 5 y 9 de febrero de 1921.
TITULO VI DEL PODER JUDICIAL CAPITULO I DE LA INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL PODER JUDICIAL.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.