Artículo 162 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Gobierno del Estado y los municipios deberán crear y desarrollar la integración de planos reguladores en sus respectivas jurisdicciones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.