Artículo 42 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las diputadas y diputados de Mayoría Relativa y de Representación Proporcional son representantes del pueblo Sudcaliforniano y tienen la misma categoría e igualdad de derechos y obligaciones. Por cada diputada y diputado propietario se elegirá un suplente y la elección será por fórmula.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.