Artículo 94 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia deberán otorgar la protesta de Ley ante el Congreso del Estado.
Los Jueces protestarán ante el Consejo de la Judicatura; los demás funcionarios y empleados de la Administración de Justicia rendirán su protesta ante la autoridad de quien dependan.
Las Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los Consejeros de la Judicatura y los Jueces percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable conforme a la ley, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.