Artículo 2 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 2o.- Quedan derogadas todas las Leyes, Decretos, Circulares, Reglamentos o cualesquiera otras disposiciones que contravengan la presente Constitución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.