Artículo 1 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1º.- Las presentes reformas entrarán en vigor el día primero de enero de 1941.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.