Artículo 100 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 100.- Para ocupar el cargo de titular de la Secretaría General de Gobierno, además de los requisitos para ser Titular del Poder Ejecutivo, se deberán cumplir los siguientes:
I. Poseer Título Profesional de licenciatura.
(REFORMADA, P.O. 24 DE MAYO DE 2022)
II. No haber sido Gobernadora o Gobernador del Estado por elección popular ordinaria o extraordinaria en el periodo inmediato anterior.
III. Ser de reconocida probidad.
(REFORMADO, P.O. 24 DE MAYO DE 2022)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.