Constitución estatal

Artículo 128 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 128.- Los presidentes municipales tomarán empeño para que en sus respectivas circunscripciones asistan a las escuelas públicas o privadas todos los niños en edad escolar.

(REFORMADA SU DENOMINACION, P.O. 11 DE AGOSTO DE 1983)

TITULO SEXTO De la Economía Pública y la Planeación Económica y Social (REFORMADO, P.O. 11 DE AGOSTO DE 1983)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 128 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo?

Los presidentes municipales tomarán empeño para que en sus respectivas circunscripciones asistan a las escuelas públicas o privadas todos los niños en edad escolar. (REFORMADA SU DENOMINACION, P.O. 11 DE AGOSTO DE 1983)…

¿Está vigente el artículo 128?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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