Artículo 33 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 33.- El Gobernador del Estado asistirá a la apertura de cada año legislativo del Congreso del Estado. A esta sesión deberán asistir el Presidente y los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.