Artículo 88 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 88.- Para ser Juez de Primera Instancia se requiere:
I. Ser ciudadano mexicano en el ejercicio de sus derechos;
II. Tener veinticinco años cumplidos al día de la elección;
III. Tener el día de la elección, con antigüedad mínima de tres años, título profesional de licenciado en derecho expedido por la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo o por la autoridad o institución legalmente facultada para ello; y, IV. No haber sido sentenciado por delito doloso.
(REFORMADO, P.O. 22 DE JULIO DE 2011)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.