Artículo 113 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 113.- Los miembros del ayuntamiento serán responsables personal y colectivamente conforme a las leyes civiles y penales, de los actos que ejecuten en el ejercicio de sus funciones, y dichas responsabilidades podrán ser exigidas, ante las autoridades que correspondan, ya sea directamente por los particulares cuando se ofendan sus derechos o por el Fiscal General cuando se ofendan los derechos de la sociedad.
(REFORMADO, P.O. 18 DE OCTUBRE DE 2016)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.