Artículo 92 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 92.- El Ministerio Público es el representante legítimo de los intereses sociales y es una institución autónoma, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, que se rige en el ejercicio de sus funciones por los principios de buena fe, certeza, legalidad, objetividad, imparcialidad, eficacia, honradez, profesionalismo y respeto a los derechos humanos.
(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.