Artículo 103 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 103o.- Reformado por Decreto No. 109, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de diciembre de 1966.
Reformado por Decreto No. 98, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 1o. de febrero de 1975.
Reformado en su Primer Párrafo por Decreto No. 154, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 13 de abril de 1988.
Reformado por Decreto No. 79, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 23 de noviembre de 1998.
Reformado, párrafo segundo por Decreto 100, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 09 de junio de 2004.
Reformado en su párrafo tercero, por Decreto 351, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 22 de enero de 2018.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.