Artículo 109 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 109o.- Reformado por Decreto No. 62, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 28 de abril de 1928.
Reformado por Decreto No. 224, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de diciembre de 1984.
Reformado por Decreto 378 publicado en el Periódico Oficial del Estado del día 02 de octubre del 2003.
Reformado por Decreto 97 publicado en el Periódico Oficial de fecha 15 de abril de 2016.
Reformado por Decreto No. 243, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de abril de 2017.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.