Constitución estatal

Artículo 110 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 110o.- Reformado por Decreto No. 224, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de diciembre de 1984.

112 Reformado por Decreto No. 5, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 30 de octubre de 1985.

Reformado por Decreto No. 100, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 20 de noviembre de 1992.

Reformado por Decreto No. 272, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 18 de octubre de 1996.

Reformado por Decreto No. 79, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 23 de noviembre de 1998.

Reformado por Decreto No. 110, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 21 de junio de 2004.

Reformado por Decreto No. 366, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 23 de marzo de 2009.

Reformado, por Decreto No. 367, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 01 de abril de 2009.

Reformado, por Decreto No. 307, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 13 de febrero de 2012.

Reformado, por Decreto 179 publicado en el Periódico Oficial de fecha 08 de Julio de 2014.

Reformado por Decreto 97 publicado en el Periódico Oficial de fecha 15 de abril de 2016.

Reformado por Decreto No. 243, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de abril de 2017.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 110 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León?

Reformado por Decreto No. 224, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 14 de diciembre de 1984. 112 Reformado por Decreto No. 5, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 30 de octubre de 1985.…

¿Está vigente el artículo 110?

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