Artículo 209 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 209.- La ley señalará los casos de prescripción de responsabilidad administrativa tomando en cuenta la naturaleza y consecuencia de los hechos, actos y omisiones que hace referencia la fracción III del artículo 199 de esta Constitución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.