Constitución estatal

Artículo 6 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 6.- Reformado, Primer Párrafo y se adiciona el Segundo, por Decreto 147, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 28 de septiembre de 2007.

Se reforma por modificación por decreto 250 publicado en el Periódico Oficial de fecha 11 de Julio de 2008.

Se reforma por modificación en sus fracciones I, II, V, VI, y VII, por Decreto 236, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 16 de febrero de 2015.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 6 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León?

Reformado, Primer Párrafo y se adiciona el Segundo, por Decreto 147, publicado en el Periódico Oficial del Estado de fecha 28 de septiembre de 2007. Se reforma por modificación por decreto 250 publicado en el Periódico…

¿Está vigente el artículo 6?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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