Artículo 88 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 88.- El cargo de Gobernador del Estado solamente es renunciable por causa grave calificada por la Legislatura, ante la que se presentará la renuncia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.