Constitución estatal

Artículo 10 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 10. Son tlaxcaltecas:

I. Los nacidos en el territorio del Estado;

II. Los mexicanos nacidos fuera del territorio del Estado, de padre o madre tlaxcaltecas, y III. Los mexicanos que hayan residido por más de cinco años ininterrumpidos en el territorio del Estado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 10 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Son tlaxcaltecas: I. Los nacidos en el territorio del Estado; II. Los mexicanos nacidos fuera del territorio del Estado, de padre o madre tlaxcaltecas, y III. Los mexicanos que hayan residido por más de cinco años…

¿Está vigente el artículo 10?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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