Artículo 9 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 9. La población del Estado la componen los habitantes y los transeúntes.
Son habitantes quienes tienen su domicilio y residen en el territorio del Estado.
Son transeúntes, las personas que permanezcan transitoriamente o viajen por el territorio del Estado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.