Constitución estatal

Artículo 89 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 89. No podrán ser integrantes del ayuntamiento quienes se encuentren en los siguientes supuestos:

I. Los servidores públicos de los gobiernos federal, local o municipal, con funciones de dirección y atribuciones de mando;

II. Quienes estén en servicio activo en las fuerzas armadas o tengan funciones de dirección y atribuciones de mando en las corporaciones de seguridad en el municipio;

III. Los ministros de cualquier culto religioso;

IV. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia;

V. El titular del Órgano de Fiscalización Superior, y VI. Los titulares de los demás órganos públicos autónomos.

VII. DEROGADA.

VIII. DEROGADA.

IX. DEROGADA.

X. DEROGADA.

En los casos de las fracciones i y ii cesará la prevención si el interesado se separa de las funciones o del cargo cuando menos noventa días antes del día de la elección de que se trate.

En el caso de las fracciones IV, V y VI, cesará la prevención si el interesado se separa de las funciones o del cargo por lo menos un año antes del día de la elección.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 89 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 89 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

No podrán ser integrantes del ayuntamiento quienes se encuentren en los siguientes supuestos: I. Los servidores públicos de los gobiernos federal, local o municipal, con funciones de dirección y atribuciones de mando;…

¿Está vigente el artículo 89?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.