Constitución estatal

Artículo 115 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 115. El Tribunal de Justicia Laboral Burocrática estará integrado por tres Magistrados, cuyos titulares deberán satisfacer los mismos requisitos que se exigen para los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

El Tribunal funcionará en Pleno y contará con una Presidencia que recaerá en uno de sus integrantes, será rotatoria y tendrá una duración de dos años.

Los Magistrados del Tribunal de Justicia Laboral Burocrática durarán en su encargo siete años, sin posibilidad de ser reelectos. El procedimiento de designación de los Magistrados deberá comenzar treinta días previos a la conclusión del periodo por el que fueron nombrados.

Para su designación, la Legislatura del Estado contará con veinte días para integrar una lista de cinco candidatos por cada magistratura a designar, la cual deberá ser aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes y será enviada al Gobernador. Dicha lista deberá integrarse mediante la realización de una convocatoria pública abierta en la que se reciban registros y propuestas.

Si el Gobernador no recibe la lista en el plazo señalado, enviará libremente a la Legislatura una lista de tres personas por cada magistratura a designar. De ser enviada por la Legislatura la lista en el plazo señalado en el párrafo anterior, dentro de los diez días siguientes el Gobernador seleccionará de cada lista a tres de los perfiles propuestos y los remitirá a la consideración de la Legislatura.

Dentro del plazo de diez días, con base en la lista enviada por el Gobernador y previa comparecencia de las personas propuestas, la Legislatura designará al titular de la Magistratura, para lo cual se requerirá que sea aprobado al menos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes.

En caso de que el Gobernador no envíe la lista a que se refiere el párrafo anterior, la Legislatura tendrá diez días para designar al titular de la magistratura de entre los candidatos de la lista que en un principio envío al Gobernador.

Si la Legislatura no hace la designación en los plazos que establecen los párrafos anteriores, el Ejecutivo designará al titular de la magistratura de entre los candidatos que integren la lista de tres personas que puso a consideración de la Legislatura.

Los Magistrados solo podrán ser removidos de sus cargos por las causas graves que señale la ley.

TÍTULO V DEL MUNICIPIO LIBRE CAPÍTULO PRIMERO DE LA ESTRUCTURA

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 115 de Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas?

El Tribunal de Justicia Laboral Burocrática estará integrado por tres Magistrados, cuyos titulares deberán satisfacer los mismos requisitos que se exigen para los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del…

¿Está vigente el artículo 115?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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