Artículo 27 de Constitución Política para el Estado de Guanajuato
Constitución Política para el Estado de Guanajuato · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 27. La ciudadanía guanajuatense se pierde al perderse también la nacionalidad mexicana, o por sentencia ejecutoria que imponga esa pena.
TÍTULO TERCERO DE LA SOBERANÍA Y FORMA DE GOBIERNO Capítulo Primero De la Soberanía del Estado
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.