Artículo 19 de Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecha en Estrasburgo el 25 de enero de 1988.
Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecha en Estrasburgo el 25 de enero de 1988. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Posibilidad de Denegar una Solicitud El Estado requerido no estará obligado a aceptar una solicitud si el Estado requirente no ha llevado a cabo todos los medios disponibles en su propio territorio, excepto cuando el recurrir a dichos medios daría como resultado una dificultad desproporcionada.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.