Tratado internacional

Artículo 12 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010.

Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAL Las Partes llevarán a cabo las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para la entrada y salida de los participantes que en forma oficial intervengan en los programas y proyectos de cooperación previstos en el presente Convenio.

Estos participantes se someterán a las disposiciones migratorias, fiscales, aduaneras, sanitarias y de seguridad nacional en vigor en el país receptor y no podrán dedicarse a otras actividades sin la autorización previa de las autoridades competentes en la materia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 12 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010. a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 12 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010.?

ENTRADA Y SALIDA DE PERSONAL Las Partes llevarán a cabo las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para la entrada y salida de los participantes que en forma oficial intervengan en los programas y…

¿Está vigente el artículo 12?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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