Artículo 14 de Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura y el Deporte, hecho en la ciudad de Zagreb el primero de julio de dos mil once.
Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación en los Campos de la Educación, la Cultura y el Deporte, hecho en la ciudad de Zagreb el primero de julio de dos mil once. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para los propósitos del presente Convenio, las Partes elaborarán y ejecutarán conjuntamente programas trienales, de conformidad con las prioridades de ambos países, establecidas en sus respectivos planes y estrategias de desarrollo educativo, cultural y deportivo.
Los programas especificarán los objetivos, las formas de cooperación, los recursos financieros y técnicos, los cronogramas de trabajo, las áreas en que se ejecutarán los proyectos, así como las obligaciones de las Partes.
Cada programa será evaluado periódicamente a solicitud de las entidades coordinadoras a que se refiere el Artículo 16.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.