Artículo 23 de Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federal de Nigeria, firmado en la Ciudad de México, el ocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Federal de Nigeria, firmado en la Ciudad de México, el ocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO XXIII Las Partes podrán, siempre que lo estimen necesario, solicitar apoyo financiero de fuentes externas, tales como organismos internacionales y terceros países, que coadyuven a la adecuada ejecución de programas y proyectos realizados de conformidad con el presente Convenio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.