Artículo 20 de Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Marruecos, firmado en la ciudad de Rabat, el diez de febrero de dos mil cuatro.
Decreto Promulgatorio del Convenio de Cooperación Educativa y Cultural entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Reino de Marruecos, firmado en la ciudad de Rabat, el diez de febrero de dos mil cuatro. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Partes podrán, siempre que lo estimen necesario, solicitar apoyo financiero de fuentes externas, como organismos internacionales, terceros países, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, en la ejecución de programas y proyectos realizados de conformidad con el presente Convenio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.