Artículo 4 de DECRETO Promulgatorio del Protocolo por el que se Sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canad á, hecho en Buenos Aires, el treinta de noviembre de dos mil dieciocho; del Protocolo Modificatorio al Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canad á, hecho en la Ciudad de México el diez de diciembre de dos mil diecinueve
del Acuerdo sobre Licencias de Importación y ha proporcionado la información especificada en el Artículo 5.2 de ese Acuerdo; y (b) ha proporcionado la información requerida en el cuestionario sobre procedimientos de licencias de importación conforme al Artículo 7.3 del Acuerdo sobre Licencias de Importación en su presentación más reciente al Comité de Licencias de Importación, previo a la fecha de entrada en vigor de este Tratado.
3. Una Parte publicará en un sitio web oficial gubernamental cualquier procedimiento de licencias de importación nuevo o modificado, incluida cualquier información que se requiera para ser publicada conforme al
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.