Código Municipal estatal

Artículo 494 de Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Municipal de Aguascalientes.

Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Municipal de Aguascalientes. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

BIS.- El Sistema de Informa- II. Dirección del establecimiento y colindancias, ción Ambiental a cargo de la SEMADESU, deberá incluyendo un mapa de localización;

contener información relativa a los mecanismos y III. Giro o actividad;

Abril 11 de 2016 PERIÓDICO OFICIAL (Primera Sección) Pág. 15 IV. Descripción detallada del proceso o actividad se entenderá que no existe objeción respecto de la a desarrollar; realización de la obra o actividad.

V. Consumo anual de materias primas, materiales CAPITULO II o productos necesarios para realizar la actividad, así De las Areas Naturales Protegidas como las condiciones de su almacenamiento;

VI. Superficie total del predio y superficie reque- ARTÍCULO 499.- Las áreas naturales protegidas rida para la actividad a desarrollar; de competencia municipal son predios o superficies dentro del territorio municipal que bajo declaratoria VII. Características y cantidad del equipo, del H. Ayuntamiento, en los términos de la LGEEPA, mobiliario o maquinaria requeridos para realizar la la LPAEA, este Código, y demás Leyes aplicables actividad;

en la materia, son destinadas para la conservación, VIII. Tipo y cantidad de energía y combustibles preservación y aprovechamiento sustentable de a utilizar en un año; los recursos naturales, bajo las modalidades que se precisen en la declaratoria correspondiente e IX. Horario de trabajo;

imponiéndoles las limitaciones que se determinen X. Productos a obtener anualmente; en la misma.

XI. Tipo y cantidad de los residuos generados ARTICULO 499 BIS.- Las categorías de las áreas por la actividad durante un año; naturales protegidas municipales son:

XII. Tipo de manejo y disposición final de los I.- Parques urbanos.- son áreas de uso público residuos generados; de los centros de población que contribuyen a regu- XIII. Equipos o métodos de control de las emi- lar y preservar el balance ambiental entre las áreas siones a la atmósfera; y urbanas e industriales con la naturaleza; en ellas se protegen elementos naturales o culturales y se re- XIV. Origen de las aguas residuales a generar percute benéficamente en el medio ambiente. Estas y su destino.

áreas traen como beneficio la regulación del clima Asimismo, los interesados deberán anexar copia dentro de la ciudad y funcionan como espacios de de la constancia de alineamiento y compatibilidad recreación y/o contemplación para las personas; y urbanística expedida por la SEDUM.

II.- Zonas de Conservación Ecológica de los Cen-

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 494 de Dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Municipal de Aguascalientes.?

BIS.- El Sistema de Informa- II. Dirección del establecimiento y colindancias, ción Ambiental a cargo de la SEMADESU, deberá incluyendo un mapa de localización; contener información relativa a los mecanismos y III. Giro…

¿Está vigente el artículo 494?

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