Ley federal

Artículo 161 de Ley Aduanera

Ley Aduanera · Última reforma de referencia: 28-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 161. La patente de agente aduanal le da derecho al titular para actuar ante una aduana de adscripción; sin embargo, el agente aduanal podrá solicitar autorización del Servicio de Administración Tributaria para actuar en una aduana adicional a la de adscripción por la que se le otorgó la patente. Las autoridades aduaneras deberán otorgar la autorización en un plazo no mayor de dos meses, siempre que el agente aduanal demuestre que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

En ningún caso se podrá autorizar a un agente aduanal a efectuar despachos en más de tres aduanas adicionales a la de su adscripción. Cuando el agente aduanal expresamente renuncie a una aduana que le hubiera sido autorizada conforme al párrafo anterior de este artículo, podrá presentar solicitud para que se le autorice actuar en otra aduana.

En los casos de supresión de alguna aduana, los agentes aduanales a ella adscritos o autorizados, podrán solicitar su readscripción al Servicio de Administración Tributaria.

El agente aduanal podrá actuar en aduanas distintas a las de su adscripción o a las que le hubieran sido autorizadas, cuando promueva el despacho para el régimen de tránsito interno de mercancías que vayan a ser o hayan sido destinadas a otro régimen aduanero en la aduana de su adscripción o en las demás que tenga autorizadas.

Artículo reformado DOF 01-01-2002, 09-12-2013

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La patente de agente aduanal permite al titular actuar en una aduana específica. Sin embargo, el agente puede solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la autorización para operar en una aduana adicional. Esta autorización debe ser otorgada en un plazo máximo de dos meses, siempre que el agente esté al corriente con sus obligaciones fiscales.

Existen límites en cuanto a la cantidad de aduanas adicionales en las que un agente puede operar, ya que no se permite que actúe en más de tres. Si un agente renuncia a una de estas aduanas, puede solicitar autorización para otra. En caso de que se suprima una aduana, los agentes afectados pueden pedir su readscripción al SAT. Además, un agente puede actuar en aduanas distintas cuando se trata de despachos para el régimen de tránsito interno de mercancías.

  • Patente permite actuar en una aduana específica.
  • Se puede solicitar autorización para aduanas adicionales.
  • Máximo tres aduanas adicionales permitidas.
  • Renuncia a aduana permite solicitar otra.
  • Posibilidad de readscripción si se suprime una aduana.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 161 de Ley Aduanera?

La patente de agente aduanal permite al titular actuar en una aduana específica. Sin embargo, el agente puede solicitar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la autorización para operar en una aduana adicional. Esta autorización debe ser otorgada en un plazo máximo de…

¿Está vigente el artículo 161?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 28-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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