Ley federal

Artículo 175 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 175. La demanda de amparo directo deberá formularse por escrito, en el que se expresarán:

I. El nombre y domicilio de la persona quejosa y de quien promueve en su nombre;

Fracción reformada DOF 13-03-2025 II. El nombre y domicilio de la o el tercero interesado;

Fracción reformada DOF 13-03-2025 III. La autoridad responsable;

IV. El acto reclamado.

Cuando se impugne la sentencia definitiva, laudo o resolución que haya puesto fin al juicio por estimarse inconstitucional la norma general aplicada, ello será materia únicamente del capítulo de conceptos de violación de la demanda, sin señalar como acto reclamado la norma general, debiéndose llevar a cabo la calificación de éstos en la parte considerativa de la sentencia;

V. La fecha en que se haya notificado el acto reclamado a la persona quejosa o aquélla en que hubiese tenido conocimiento del mismo;

Fracción reformada DOF 13-03-2025 VI. Los preceptos que, conforme a la fracción I del artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos cuya violación se reclame; y VII. Los conceptos de violación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La demanda de amparo directo es un documento que debe presentarse por escrito y debe incluir información específica. En primer lugar, se debe indicar el nombre y domicilio de la persona quejosa, así como de quien actúe en su representación. También es necesario mencionar el nombre y domicilio de cualquier tercero interesado, la autoridad responsable y el acto que se está impugnando.

Si la impugnación se refiere a una sentencia definitiva, laudo o resolución que se considera inconstitucional, se debe abordar únicamente en los conceptos de violación, sin señalar la norma general como acto reclamado. Además, es importante incluir la fecha en que se notificó el acto reclamado a la persona quejosa, los preceptos que contienen los derechos humanos cuya violación se alega, y los conceptos de violación.

  • Nombre y domicilio de la persona quejosa.
  • Nombre y domicilio del tercero interesado.
  • Autoridad responsable.
  • Acto reclamado.
  • Fecha de notificación del acto reclamado.
  • Preceptos de derechos humanos violados.
  • Conceptos de violación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 175 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

La demanda de amparo directo es un documento que debe presentarse por escrito y debe incluir información específica. En primer lugar, se debe indicar el nombre y domicilio de la persona quejosa, así como de quien actúe en su representación. También es necesario mencionar el…

¿Está vigente el artículo 175?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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