Ley federal

Artículo 190 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 190. La autoridad responsable decidirá, en el plazo de veinticuatro horas a partir de la solicitud, sobre la suspensión del acto reclamado y los requisitos para su efectividad.

Tratándose de laudos o de resoluciones que pongan fin al juicio, dictados por tribunales del trabajo, la suspensión se concederá en los casos en que, a juicio de la persona titular de la presidencia del tribunal respectivo, no se ponga a la parte trabajadora en peligro de no subsistir mientras se resuelve el juicio de amparo, en los cuales sólo se suspenderá la ejecución en cuanto exceda de lo necesario para asegurar tal subsistencia.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 Son aplicables a la suspensión en amparo directo, salvo el caso de la materia penal, los artículos 125, 128, 129, 130, 132, 133, 134, 135, 136, 154 y 156 de esta Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La autoridad responsable tiene un plazo de veinticuatro horas para decidir sobre la suspensión del acto reclamado tras recibir la solicitud. En el caso de laudos o resoluciones que finalicen un juicio emitidos por tribunales del trabajo, la suspensión se otorgará si no pone en riesgo la subsistencia de la parte trabajadora mientras se resuelve el juicio de amparo. Si se concede la suspensión, solo se detendrá la ejecución en la medida necesaria para asegurar dicha subsistencia.

Además, se indica que ciertos artículos de la Ley de Amparo son aplicables a la suspensión en amparo directo, excepto en materia penal.

  • Decisión sobre suspensión en 24 horas.
  • Laudos y resoluciones laborales tienen consideraciones especiales.
  • Suspensión solo si no afecta la subsistencia del trabajador.
  • Aplicación de otros artículos de la ley, salvo en materia penal.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 190 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

La autoridad responsable tiene un plazo de veinticuatro horas para decidir sobre la suspensión del acto reclamado tras recibir la solicitud. En el caso de laudos o resoluciones que finalicen un juicio emitidos por tribunales del trabajo, la suspensión se otorgará si no pone en…

¿Está vigente el artículo 190?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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