Ley federal

Artículo 231 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 231. Cuando el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los juicios de amparo indirecto en revisión, resuelvan la inconstitucionalidad de una norma general, la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberá informarlo a la autoridad emisora de la norma en un plazo de quince días.

Párrafo reformado DOF 07-06-2021, 13-03-2025 Lo dispuesto en el presente Capítulo no será aplicable a normas en materia tributaria.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 231 se refiere a la actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los juicios de amparo indirecto en revisión. Cuando esta corte determina que una norma general es inconstitucional, la persona que ocupa la Presidencia de la Suprema Corte tiene la obligación de informar a la autoridad que emitió dicha norma. Este aviso debe realizarse en un plazo de quince días.

Es importante destacar que lo establecido en este artículo no se aplica a las normas relacionadas con temas tributarios.

  • La Suprema Corte puede declarar la inconstitucionalidad de normas generales.
  • La Presidencia de la Suprema Corte debe informar a la autoridad emisora.
  • El plazo para realizar esta notificación es de quince días.
  • No se aplica a normas tributarias.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 231 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 231 se refiere a la actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los juicios de amparo indirecto en revisión. Cuando esta corte determina que una norma general es inconstitucional, la persona que ocupa la Presidencia de la Suprema Corte tiene la…

¿Está vigente el artículo 231?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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